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7/1/09

Desaparición forzada: herida abierta de la guerra sucia

Gilberto López y Rivas
La Jornada





El crimen de Estado y lesa humanidad de la desaparición forzada, que no prescribe y es de carácter continuado a los familiares de las víctimas, ha sido parte de la guerra sucia del gobierno mexicano contra la oposición de izquierdas durante décadas y hasta el día de hoy, como lo prueba –entre muchos otros– el actual sumario paradigmático de Edmundo Reyes Maya y Gabriel Alberto Cruz Sánchez, los dos militantes del Ejército Popular Revolucionario (EPR) detenidos y desaparecidos en Oaxaca por agentes estatales de los tres niveles de gobierno, incluyendo miembros de las fuerzas armadas, el 25 de mayo de 2007.

Precisamente sobre este tema, el día de ayer se presentó en la Universidad Autónoma de Guerrero, en Chilpancingo, el estremecedor documental Caso Rosendo Radilla, herida abierta de la guerra sucia en México, dirigido por Gabriel Hernández Tinajero y Berenisse Vásquez Sansores, y producido por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos y Witness, en 2008. El video relata la historia de Tita, la hija de Radilla, y la de muchas otras familias de desaparecidos en su búsqueda por conocer la verdad sobre lo ocurrido a sus padres, hijos, hermanos o esposos, en su exigencia de que el Estado mexicano reconozca su culpabilidad en la comisión de estas transgresiones graves y en la demanda de castigo a los responsables de las mismas.
Rosendo Radilla Pacheco, destacado dirigente comunitario que luchó por mejorar la salud y la educación en su estado natal, Guerrero, compositor y cantante de corridos que simpatizaba con los movimientos guerrilleros de Lucio Cabañas y Genaro Vásquez, que se desarrollaron en las décadas de los años sesenta y setenta del siglo pasado, fue detenido y desaparecido el 25 de agosto de 1974 en un retén militar de la carretera Acapulco-Zihuatanejo, municipio de Atoyac de Álvarez, cuando contaba con 60 años de edad. Por una entrevista realizada por Blanche Petrich en septiembre de 2000 se conoce que “cartas y relatos de sobrevivientes del Campo Militar No. 1 de la ciudad de México refieren haberlo visto vivo en el famoso sótano de los desaparecidos. En 1976 cesan las referencias” (La Jornada, 13 de septiembre de 2000). Éste es uno de 470 casos documentados de desaparición forzada tan sólo en Atoyac de Álvarez, de los mil 200 en todo el país durante esas décadas. El video refleja cabalmente las secuelas de sufrimientos sin fin de las familias de los desaparecidos guerrerenses, sus movilizaciones y rituales por la memoria y en contra del perdón y el olvido.


El caso Radilla cobra trascendencia singular debido a que 34 años más tarde de ocurrida la detención-desaparición forzada llega a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y el gobierno de México enfrenta cargos actualmente por crímenes de lesa humanidad. A pesar del fiasco que representó la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femossp), que desapareció sin pena ni gloria en 2007, su informe mutilado y ocultado es, no obstante, muy significativo en cuanto a esta acusación de la Corte Interamericana: “Las instituciones militares, las de procuración de justicia y las de representación popular fueron utilizadas como estructuras criminales con cuyos recursos y a cuyo cobijo se realizaron y se protegieron crímenes que, de manera sistemática, agraviaron a amplios sectores de la población y a combatientes prisioneros. Al Ejército se le permitió realizar operaciones de contrainsurgencia en un contexto que el derecho internacional humanitario reconoce como conflicto interno, protegido por los Convenios de Ginebra y que México ha suscrito, donde se cometieron terribles crímenes de guerra que transgreden el orden constitucional, que no se pueden amparar en el fuero militar, y que son considerados como de lesa humanidad e imprescriptibles. Los crímenes que se imputan a las fuerzas armadas y a las fuerzas de seguridad tienen que ver: a) con el derecho de guerra; b) con las garantías judiciales que todo Estado está obligado a salvaguardar aún en estado de emergencia; y c) con los derechos humanos fundamentales e imprescriptibles establecidos en la Constitución, en el derecho internacional y en la legislación vigente del país. Los crímenes que se documentan con testimonios y evidencias en este informe permiten concluir que el Estado mexicano es responsable de crímenes de lesa humanidad.”

El documental sobre Rosendo Radilla muestra la impunidad garantizada por las más altas autoridades del Estado para los responsables de estos crímenes, particularmente cuando son militares. Se presenta la liberación, e incluso el ascenso y la condecoración del general Arturo Acosta Chaparro, señalado por organizaciones sociales y por testigos que sufrieron en carne propia su sevicia sin límites, como uno de los militares responsables de la detención ilegal, tortura y desaparición extrajudicial de disidentes en los años setenta y ochenta en diversas partes del país, particularmente en Guerrero. Acosta Chaparro fue notificado a finales de 2002 de un proceso penal en su contra por el delito de homicidio calificado (en lugar de detención-desaparición forzada) en contra de 143 presuntos guerrilleros, quienes habrían sido ejecutados y arrojados al mar desde aviones Arava IAI-201, de fabricación israelí, en los años de la guerra sucia, acusación de la cual quedó en libertad por “desvanecimiento de datos”, el 29 de junio de 2007, y por decisión de un juez de justicia militar en lugar de civil, como establece la Constitución.

¿A qué militares protegen las actuales autoridades del Estado mexicano que se niegan a reconocer que el caso de los militantes del EPR constituye un crimen de desaparición forzada? ¿Por qué la CNDH no tocó ni con el pétalo de una recomendación a la Sedena? ¿Cuál es la razón del mutismo de la Procuraduría General de la República?

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